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NUMERO DE PAGO Y CÓMO RECLAMARLOS 

Los números de tarificación adicional están asignados a las compañías telefónicas (como toda la numeración telefónica) que los ceden a las empresas que los solicitan a cambio de un precio. Suele ser un precio fijo por mes (es decir, sólo por tener ese número a su servicio) y además un precio variable como cuota o porcentaje de lo facturado en las llamadas recibidas. 

Existen por que permiten prestar (y pagar) por servicios que puedan ofrecerse de forma telefónica sin tener que realizar pagos adicionales. Supongamos que quiero participar en un sorteo, en lugar de llamar y dar mi número de tarjeta para realizar un pago de mi participación, el pago se realiza con el coste de la propia llamada. 

En principio el concepto es correcto y facilita la realización de negocios a distancia de muy diferente índole. 

Ahora bien, a diferencia de aquellos servicios en los que pagó un precio fijo por un uso, aquí encontramos que el tiempo de duración de la llamada determina el precio, por lo que existe una gran oscuridad en muchas ocasiones para saber de antemano «cuánto me va a costar». Y aquí es en donde comienza el abuso en muchos casos. Desde alargar innecesariamente la llamada a generar preguntas innecesarias para el servicio, encontramos muchas formas en las que empresas desaprensivas utilizan estos recursos para conseguir que los usuarios gasten más de lo que tenían pensado gastar.  En ese momento es cuando comienza la reclamación de la factura telefónica que muchas veces parece no tener fin.

Por supuesto también encontramos todo un abanico de usos directamente delictivos, en los que se crea un engaño suficiente para realizar la llamada que el usuario no querría realizar. Así por ejemplo son muy típicos los mensajes (sms, mails…) en los que se informa del corte de un suministro por impago a no ser que se llama a «tal» teléfono para acreditar que se ha pagado. 

¿Qué números son los que más cuestan por minuto?

Su coste está regulado por Ley y tiene fijados precios máximos. El artículo 8 de la Orden IET/2733/2015, de 11 de diciembre, que regula los servicios de tarificación adicional a través de llamadas telefónicas con prefijos 803 – 806 – 807 – 905 establece un máximo de 3,45€ por minuto.

El prestador del servicio elige el precio que quiere poner a sus llamadas lo cual repercutirá en el importe que ganará por cada llamada que reciba. 

¿Hay opciones gratuitas para llamar a estos números?

No, en principio y generalmente no, ya que son servicios de pago que sólo se prestan a través de esos medios que garantizan el cobro. A diferencia de lo que sucede con número enrutadores geográficamente como los 902 que solamente son una capa de agrupación de llamadas en el territorio nacional, es decir, para que no se revele la provincia en la que se encuentra el servicio de call center al que llamamos. 

¿Cómo se puede reclamar cuando nos intentan cobrar de más?

En la mayoría de los casos la tarificación adicional injusta supone un gasto de algunos cientos de euros por lo que es muy difícil que un cliente valore como viable la contratación de servicios jurídicos para realizar la impugnación de estos cobros. 

No obstante en colaboración con el Supermercado Jurídico «Modelos.Shop» compartimos diferentes modelos de reclamación de deudas telefónicas para lograr que los usuarios pudieran llevar a cabo reclamaciones eficaces y a un coste irrisorio (menos de 3 euros).

Además en algunas ocasiones en las que la cuantía ha sido superior el Bufete Abogado Amigo ha  impugnado estos cobros judicialmente con un excelente resultado. Este bufete consiguió que la Audiencia Nacional en su sentencia de 16 de junio de 2014 llegará a establecer que para que la compañía telefónica pudiera cobrar los cargos de estos números de tarificación adicional es necesario que prueben que el cliente ha hecho esas llamadas y no como sucedía hasta entonces que piden al cliente que pruebe no haberlas realizado.

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